Ante dichos actos el INPI condenó enérgicamente el plagio porque considera “vulnera el derecho fundamental de los pueblos y comunidades indígenas de conservar y proteger su propiedad intelectual y su patrimonio cultural.” “Los diseños indígenas y sus manifestaciones artísticas son producto de su historia, identidad, conocimientos y cosmovisión, por lo que el uso de terceros sin su autorización constituye un acto violatorio cuyas consecuencias se establecen en el capítulo de Infracciones, Delitos, Competencias y Sanciones de la Ley en la materia”, declaró el INPI. Finalmente, el INPI exhortó a la sociedad y de manera muy especial a las empresas, para que respeten las creaciones artísticas y culturales de los pueblos indígenas del país, con la finalidad de que sean los propios pueblos quienes tomen las decisiones relacionadas con el mantenimiento de su integridad cultural, base de nuestra diversidad étnica y cultural.
Por: Arturo Trujillo/rmrDurante la mañana, haremos una rueda de prensa en el Senado de la República para hablar de la nueva apropiación cultural (plagio) de @isabelmarant, ahora a los gabanes de Michoacán. pic.twitter.com/p5FP59hS17
— Susana Harp Iturribarría (@SusanaHarp) October 28, 2020